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Protocolos de bioseguridad para reactivación de las empresas

Protocolos de bioseguridad para reactivación de las empresas

11 jul, 2020

Mediante la resolución 0666, el Ministerio de Salud estipula los protocolos de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar un manejo adecuado de la pandemia por COVID-19 en todos los sectores económicos de Colombia así como en actividades sociales y sectores de la administración pública.

Los protocolos señalan además responsabilidades a cargo del empleador y de los empleados.

Empleadores:

  • En este sentido, el empleador debe capacitar a sus trabajadores y contratistas, implementar las acciones que permitan garantizar la continuidad de las actividades y la protección integral de los colaboradores que estén presentes en las instalaciones o lugares de trabajo.
  • Adicional, debe adoptar medidas de control administrativo para la reducción de la exposición, tales como la flexibilización de turnos y horarios de trabajo, así como propiciar el trabajo remoto o trabajo en casa de las áreas administrativas.
  • Los contratistas deberán solicitar además, la asistencia y asesoría técnica de la ARL para verificar medidas y acciones adoptadas a sus diferentes actividades. Proveer a los empleados los elementos de protección personal que deban utilizarse para el desarrollo y cumplimiento de las actividades laborales.

Empleados:

  • Por su parte, los trabajadores deberán cumplir los protocolos de bioseguridad adoptados y adaptados por el empleador durante el tiempo que permanezca en las instalaciones de su empresa o lugar de trabajo y en el ejercicio de las labores que esta le designe.
  • Deberán reportar al contratante o empleador cualquier caso de contagio que llegase a tener en su lugar de trabajo su familia la existencia de casos familiares, para que se adopten las medidas correspondientes.

Es importante tener en cuenta que los empleadores públicos y privados, las ARL, los contratantes públicos y privados y los trabajadores y contratistas vinculados mediante contrato de prestación de servicios o de obra de los diferentes sectores económicos, productivos y entidades gubernamentales que requieran desarrollar sus actividades durante el periodo de la emergencia sanitaria, deben acogerse a lo dispuesto en esta nueva resolución.

Protocolo de bioseguiridad

Adicional a las medidas de uso adecuado de tapabocas, lavado de manos y distanciamiento físico, y teniendo en cuenta los mecanismos de diseminación del virus (gotas y contacto), el protocolo determina que se deben fortalecer los procesos de limpieza y desinfección de elementos e insumos de uso habitual, superficies, equipos de uso frecuente, el manejo de residuos producto de la actividad o sector, adecuado uso de Elementos de Protección Personal-EPP y optimizar la ventilación del lugar y el cumplimiento de condiciones higiénicos sanitarias.

El uso de guantes es recomendado si se van a realizar actividades de aseo o si se van a manipular elementos como residuos. Para las demás actividades, los lineamientos establecidos por Minsalud determinan el lavado de manos con agua, jabón y toallas desechables.

Adicional a estos temas, el protocolo establece lineamientos para el manejo de residuos, interacción en los momentos de alimentación, trabajo en casa, interacción con terceros, desinfección, desplazamientos, entre otros. Todos de cumplimiento inmediato y por el tiempo que dure la emergencia sanitaria en el país.